En la actualidad, componen el Cuerpo de Camareras de la Santísima Virgen:
- María del Carmen Rodríguez Membribes
- María Jesús Dávila Ponce de León Guerrero
- Blanca Santa-Olalla Fernández Fígares
- María Teresa Serrano de Torres
- María del Carmen González Pareja
- Marta Moreno Nores
- María Dolores Martínez Baca
Artículo 22.- De las Hermanas Camareras.
Constituye este cuerpo de la Hermandad, las hermanas activas que lo soliciten de la Hermandad y ésta admita como tales. Las Hermanas Camareras serán al menos cinco.
La propia naturaleza de la delicada función encomendada a las Hermanas Camareras, el especial cuidado, complejidad y atención que se necesitan para cuidar y vestir a la Sagrada Imagen de Nuestra Excelsa Patrona, la dedicación y tiempo que requiere el aprender estas labores con buen oficio, así como la discreción, recato y prudencia que sus tareas exigen, determinan que este cargo sea vitalicio salvo imposibilidad física o causa de fuerza mayor, en cuyo caso y para mayor honra de la Santísima Virgen pasarán a ocupar el cargo con la calidad de Honorarias, a fin de que puedan transmitir a las nuevas Hermanas Camareras su sabiduría y delicadeza en la difícil y compleja labor de ornar dignamente a la Sagrada Imagen, con la devoción y respeto que merece.
El nombramiento de las vacantes que se vayan produciendo entre las Hermanas Camareras se realizará por la Junta de Gobierno, con el asesoramiento de los Hermanos Oficiales y de las Hermanas Camareras, mediante elección.
Son derechos y deberes exclusivos de las Hermanas Camareras:
- Cuidar de la imagen, de sus ropas y ornato del altar de Nuestra Patrona y de su Camarín.
- El acto de cambiar de vestidura a la Sagrada Imagen
- El acompañar, llevando los cordones de su manto, a la Sagrada Imagen en las procesiones.
El acto de cambiar de vestidura a la Sagrada Imagen no podrá ser presenciado más que por las Señoras Camareras, quedando absolutamente prohibida la presencia en el Camarín de persona alguna.
Artículo 21. De las Hermanas Camareras.
1.- Pertenecen a éste Cuerpo las Hermanas Camareras en ejercicio en el año 2000 que lo ostentan con carácter vitalicio u honorario, y las Hermanas activas que sucesivamente puedan integrarse en el mismo solicitándolo de la Hermandad.
Las Hermanas Camareras serán al menos CINCO.
2.- La delicada naturaleza de la función encomendada a las Camareras, la complejidad del ritual vinculado al cuidado y vestido de la Sagrada Imagen de la Virgen de las Angustias, la discreción, recato y prudencia inherentes a la labor de ornar dignamente su Imagen con la devoción y respeto que esta tarea merece, determinan el carácter vitalicio, u honorario en caso de imposibilidad física, de las Camareras que así lo ostentan, con el fin de que puedan transmitir su experiencia a las nuevas Camareras, que se nombrarán por la Junta de Gobierno.
3.- El nombramiento de nuevas Hermanas Camareras que puedan ocupar las vacantes que se creen o se produzcan, en ningún caso tendrá carácter vitalicio.
4.- La Junta de Gobierno en aplicación de las previsiones de régimen disciplinario establecidas en el Capítulo V de éste Reglamento, oído el parecer colegiado de los Hermanos Oficiales y de las Hermanas Camareras así como, en su caso, a propuesta motivada de los restantes Cuerpos de la Herman dad, podrá cesar en su nombramiento a nuevas Hermanas Camareras, si ello resultara procedente conforme a la citada normativa.
5.- Las Hermanas Camareras se organizarán adecuadamente para el desempeño de las funciones específicas que les corresponden, con la concreta obligación de transmitir la instrucción de los modos y específicas formas de actuación que consuetudinariamente vienen practicando.
6.- Además de los derechos y deberes establecidos para todos los miembros de la Hermandad, son específicos de las Hermanas Camareras los siguientes:
- Cuidar el ajuar y el ornato de la Virgen y su Camarín. A este cuidado se aplicará el procedimiento y control convenido entre las propias Camareras, comunicado oportunamente al Hermano Mayor.
- Cambiar el manto, vestiduras y elementos ornamentales de la Sagrada Imagen, en la fecha tradicional del día treinta y uno de agosto de cada año, y en la víspera de la salida procesional.
- Acompañar a la Venerada Imagen en sus procesiones, portando los cordones de su manto.
7.- El acto de cambiar las vestiduras como todo lo relacionado con el cuidado y ornato de la Sagrada Imagen, se hará de forma absolutamente reservada realizándolo, exclusivamente, las Hermanas Camareras. Desde antes de iniciar las actuaciones ordenadas a dicho cambio, queda expresamente prohibida la presencia de cualquier persona aje na a las Hermanas Camareras en el Camarín.
8.- La asistencia a las Hermanas Camareras en relación con el desempeño de las funciones específicas expresadas en el apartado 6.2 anterior, se coordinará a través del Tesorero de la Hermandad.